Cómo declarar el alquiler de un piso en 2021-2022

Bajarán los precios de la vivienda en 2023

Equipo MeiT

6 de abril de 2022

La campaña de la declaración de la renta 2021-2022 ha comenzado. Vuelven los cálculos y las dudas: ¿Me devolverán dinero? ¿Declaración individual o conjunta? ¿Cuáles son los tramos del IRPF? ¿Qué gastos son deducibles? Existen muchas desgravaciones fiscales a nivel estatal y autonómico, por lo que los contribuyentes deben prestar atención para pagar menos impuestos. Algunas de estas desgravaciones están vinculadas al alquiler de una vivienda.

Para empezar, conviene recordar que en 2015 se suprimió la deducción estatal en el IRPF, aunque sigue vigente para aquellos alquileres con contrato anterior al 1 de enero de 2015. En este caso, el contribuyente tiene un régimen transitorio que le permite seguir disfrutando de la deducción en los mismos términos y condiciones existentes a 31 de diciembre de 2014.

En el caso de tener un contrato de arrendamiento firmado antes de 2015, el contribuyente tiene derecho a una deducción del 10,05% sobre las rentas pagadas, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. La base imponible del contribuyente está formada por la suma de las cantidades consignadas en las casillas [0435] (base imponible general) y [0460] (base imponible del ahorro) de la declaración.

A continuación, se desglosan las deducciones en Madrid y Cataluña por alquiler de vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

 

MADRID
  • Cuantía y límite máximo de la deducción: El 30% de las cantidades satisfechas por el alquiler de la vivienda habitual en el período impositivo, con el límite de 1.000 euros.
  • El contribuyente debe ser menor de 35 años, aunque la deducción puede aplicarse a contribuyentes de hasta 40 años siempre que hayan estado en situación de desempleo y hayan tenido responsabilidades familiares durante el período impositivo.
  • Se exige un doble límite, uno que debe cumplir el contribuyente y otro que debe cumplir la unidad familiar.
  1. La suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente no puede superar los 25.620 euros en tributación individual o los 36.200 euros en tributación conjunta.
  2. En la unidad familiar, la suma de las bases imponibles general y del ahorro de todos los miembros de la unidad familiar del contribuyente no puede superar los 60.000 euros.

 

CATALUÑA

Deducciones para contribuyentes menores de 32 años, personas en paro durante más de 183 días, con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, viudos y mayores de 65 años. La suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente menos el mínimo personal y familiar, menos el importe de la casilla de la declaración de la renta, no debe superar los 20.000 euros anuales. Además, las cantidades pagadas por el alquiler superan el 10% de los ingresos netos del contribuyente.

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